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Economía Circular / 17.02.2022

Reino Unido, España y el impuesto a los envases plásticos

Reino Unido, España y el impuesto a los envases plásticos

El próximo mes de abril Reino Unido será el primer país en comenzar a aplicar un impuesto a los envases plásticos materializando de este modo lo ya anunciado en su Estrategia 2018/19 sobre Recursos y Residuos. A día de hoy tras Reino Unido, España e Italia serán los únicos países europeos que, a corto plazo (2023), comenzarán a aplicar un impuesto a los envases plásticos.

Este impuesto gravará con 200 libras (unos 230 euros) por tonelada a los productores o importadores de envases plásticos[1] que no contengan un mínimo del 30% de material reciclado y que fabriquen o importen un mínimo de 10 toneladas en los últimos 12 meses o vayan a hacerlo en los siguientes 30 días. En el caso de España, el impuesto recogido en el Proyecto de Ley de residuos y suelos contaminados aplicará a los envases plásticos no reutilizables y el tipo impositivo será de 450 euros por tonelada de plástico no reciclado (material virgen).

 En el caso británico, existen algunas excepciones muy concretas a la aplicación del impuesto, como por ejemplo los envases plásticos para medicamentos de uso humano, que pueden consultarse en detalle aquí. En el caso español también hay excepciones, como los envases para medicamentos y productos sanitarios o, por supuesto, los envases reutilizables, aquellos concebidos, diseñados y comercializados para ser rellenados y reutilizados.

El impuesto es de aplicación a los componentes de envases acabados o terminados entendiendo como tal a todos aquellos que ya “no van a sufrir una modificación substancial antes de su utilización”. Aunque en esta definición también se hacen algunas excepciones, como es el caso de aplicar el impuesto al fabricante de la preforma en el caso de las botellas, lo que sí parece claro es que en el caso de las bandejas será la empresa que obtenga el producto termoformado, es decir el propio termoformador o en su caso el envasador si éste adquiere la bobina de lámina y la termoforma, quienes estarán sujetos al impuesto, mientras que en el caso de España los sujetos pasivos del impuesto serán los fabricantes de la lámina y los de preforma.

Dos cuestiones críticas que surgen a debate ante un impuesto que es aplicable a los envases plásticos que contengan menos de un 30% de reciclado son, en primer lugar, la disponibilidad de material en el mercado para poder cumplir con este requisito y, en segundo lugar, el posible fraude derivado de lo anterior potenciado por la escalada de precios que se está produciendo.

Respecto al primer aspecto, no cabe duda de que la industria de la fabricación y reciclado de envases plásticos en Reino Unido debe trabajar para crear la infraestructura necesaria. Según un estudio realizado por RECOUP en 2020, la capacidad de reciclado de plásticos en Reino Unido debe duplicarse para poder dar respuesta a la demanda que se creará a raíz de la entrada en vigor del impuesto.

Respecto al segundo aspecto, las herramientas de certificación surgen como posible solución para poder prevenir la posibilidad de declarar un material reciclado cuando realmente no lo es y evitar de este modo el fraude. Así, a las reconocidas metodologías de trazabilidad mediante auditoría, en base a normas comúnmente utilizadas como la EN 15343 para la determinación del contenido reciclado en procesos, comienzan a sumarse metodologías analíticas complementarias de apoyo para poder verificar si un producto, efectivamente, contiene “más de o menos de un porcentaje concreto de plástico reciclado previamente establecido”.

Este es el caso de la norma BSI Flex 6228 actualmente en desarrollo que ha surgido en respuesta a este requisito concreto del impuesto en Reino Unido y que podrá ser utilizada como referencia metodológica basada en ensayos realizados con equipos convencionales utilizando espectrofotometría de ultravioleta-visible (UV-VIS). De otro lado, Plastic Sense cuenta desde finales de 2021 con el esquema de certificación Retray, herramienta de la fundación para consolidar un modelo de economía circular en la cadena de valor de los envases termoformados de PET y aumentar el material reciclado disponible en el circuito tray-to-tray. La certificación Retray de procesos de fabricación de lámina de PET monocapa o multicapa, termoformados (bases, tapas) o envases de PET incluye requisitos para verificar el contenido porcentual de plástico reciclado incorporado en los productos fabricados a lo largo de un determinado periodo de análisis (bajo UNE 15343), tanto de origen tray-to-tray como de otras fuentes (PET botella, por ejemplo).

El debate surgido en Reino Unido por la aplicación del impuesto puede arrojar pistas sobre lo que está por venir en países de la Unión Europea como España que también contemplan gravar el uso de envases plásticos. No cabe duda de que la nueva fiscalidad “verde” sobre plásticos tendrá un alcance muy amplio, ya que afectará tanto a los fabricantes del país como a quienes hacen adquisiciones intracomunitarias o importaciones de productos envasados en plástico. Sin olvidar que la falta de armonización de las normativas europeas genera un impacto en la competitividad de las propias empresas, con los costes de adaptación aparejados que sólo empresas en determinados países deben asumir.

Las cuestiones más controvertidas sobre la mesa de nuestros vecinos británicos son:

Diseño de envases

En Reino Unido se piensa que el diseño de los envases se comenzará a realizar con el objetivo exclusivo de evitar el impuesto., como, por ejemplo, que el porcentaje de material reciclado se ciña a ese mínimo de 30% y no se introduzca más, aunque se pueda, dada la falta de disponibilidad de material reciclado y la presión de precios. Éste no sería el caso de España donde se espera que se maximice el porcentaje de contenido reciclado para reducir la base del impuesto.

Movimientos hacia otros materiales

El impuesto puede provocar el movimiento a otros materiales para evitar tener que pagar si no se puede conseguir el objetivo del 30% . El PET disfruta desde luego de una posición ventajosa dentro de los envases plásticos ya que es el único polímero que reciclado cuenta con la aprobación de EFSA para contacto alimentario. En este sentido, en Europa los movimientos del mercado también se dirigen a sustituir el plástico por materiales alternativos percibidos con un mejor perfil ambiental mientras que la reivindicación del sector es que la sustitución del plástico por otros materiales se base en análisis de ciclo de vida y no en campañas de imagen.

Como parte positiva se resalta que las empresas tendrán que hacer el ejercicio crítico de reflexionar si realmente el envase plástico es necesario o no, eliminándose al menos el envasado «superfluo».

Desperdicio alimentario

Hay que tener en cuenta que ciertos cambios de materiales no se pueden realizar debido a los requisitos de conservación y el tipo de alimento a envasar. El problema del incremento del desperdicio alimentario aparece cuando las empresas eliminan plástico realmente necesario y lo sustituyen por materiales que no dan la misma funcionalidad. Es difícil, cuando no imposible, para estos materiales alternativos lograr la misma función barrera que da el plástico, que precisamente destaca por su capacidad de conservación de alimentos, alargando su vida útil, lo que favorece el aprovechamiento de los alimentos y también los recursos empleados en la producción de éstos.

Infraestructuras de reciclado

Desde RECOUP se llevó a cabo hace año y medio un estudio donde se concluyó que Reino Unido tenía que duplicar la capacidad de infraestructura de reciclado para poder dar respuesta al 30% que se necesita incorporar. Hasta que esto suceda, cabe esperar que las empresas productoras de envases plásticos en este país deban salir de sus fronteras para poder abastecerse del material reciclado necesario incrementando así las tensiones en un mercado todavía deficitario.

A la falta de infraestructuras de reciclado hay que sumar los problemas a los que se enfrentan los recicladores existentes por la falta de adecuación de la infraestructura de recogida y clasificación de residuos que les hace heredar materiales con rendimientos reducidos y les dificulta producir materiales reciclados con las calidades que los envasadores necesitan.

Impuesto con afán recaudatorio

Los británicos resaltan que el dinero recaudado con el impuesto será dinero sacado del sistema que desgraciadamente no se reinyectará en inversiones para construir infraestructura de reciclado. Esto solamente lo podrán hacer los SCRAP cuando ecomodulen sus tarifas en el 2023-2024.  El sector español comparte ese mismo sentir: a pesar de los objetivos específicos del proyecto de Ley de Residuos sobre la prevención de la generación de residuos, el impuesto aplica sólo a los envases plásticos (como si el resto de los envases no se abandonaran en el medio ambiente) y el dinero recaudado por el impuesto no se va a emplear en el aumento de las instalaciones de reciclado ni en la mejora de las instalaciones de recogida y clasificación de residuos. Y que, por supuesto, es necesario ecomodular las tarifas de Punto Verde para los plásticos que actualmente van desde 0,367 hasta 0,960 €/kg y nunca han estado ecomoduladas.

Más información:

(EN) https://www.gov.uk/guidance/check-if-you-need-to-register-for-plastic-packaging-tax

(EN) https://standardsdevelopment.bsigroup.com/projects/2021-01624#/section

(ES) https://www.icex.es/icex/es/nota-nuevo-impuesto-envases-plastico-reinounido-2022-doc


[1] Se entiende por envase plástico a todo aquel en el que predomina este material en peso, incluyendo los plásticos biobasados, biodegradables y/o compostables.